Catastro

Este departamento contituye una unidad gestora con dos vertientes de actuación: por un lado ejerce una función tributaria que gestiona el Padrón del impuesto sobre bienes, y por otra, en virtud de un convenio de colaboración firmado con la gerencia territorial del Catastro, presta un servicio al ciudadano que tramita los expedientes de nuevos inmuebles u otras alteraciones catastrales.

Los dos principales objetivos són: Aprovechar los recursos endógenos del ayuntamiento para fomentar la cooperación con la Dirección General del Catastro y evitar desplazamientos innecesarios a la ciudadano.

Competencias

Gestión catastral de urbana

Es el registro administrativo dependiente del Ministerio de Hacienda, en este registro se describen los bienes inmuebles rústicos, urbanos y de características especiales. Está regulado por el Texto Refundido de la ley de Catastro Inmobiliario, la inscripción en el mismo es obligatoria y gratuita, características que lo diferencian del Registro de la Propiedad.

La sección de Gestión Catastral se encarga de la tramitación de las alteraciones catastrales de orden físico, jurídico y económico de los bienes inmuebles de naturaleza urbana del Municipio.

Gestión Tributaria del IBI (Impuesto Bienes Inmuebles Urbana y Rústica)

Las funciones de la sección son, entre otras, la elaboración y el mantenimiento de los padrones fiscales del IBI urbana y rústica, además del control, la redacción y la actualización de la ordenanza fiscal del IBI.

Por otro lado, se encarga de llevar a cabo: las liquidaciones tributarias, la devolución de ingresos, la resolución de recursos y reclamaciones en materia tributaria y tramitación de las solicitudes de beneficios fiscales.

Servicios municipales

  • Beneficios fiscales: Exenciones o bonificaciones (por família numerosa, por vivienda de VPO, por instalación de sistemas de aprovechamiento térmico o aprovechamiento fotovoltaico de energía solar, etc.).
  • Regularizaciones tributarias.
  • Recursos.

Servicios Catastrales

  • Servicios accesibles desde la sede del catastro (Acceso con autenticación: Certificado digital, DNIe, Cl@ve ).
    • Declaración de alteración catastral de los bienes inmuebles. Modelo 900D.
    • Cambio de titularidad Catastral o variación en la cuota de participación.
    • Altas de nueva construcción, ampliación o reforma.
    • Demolición o derribo.
    • Segregación, división, agregación o agrupación de parcelas.
    • Segregación, división, agregación o agrupación de locales.
    • Constitución del régimen de división horizontal sobre bienes inmuebles.
    • Cambio de Cultivo o aprovechamiento.
    • Cambio de uso o destino.
  • Solicitud de baja catastral.
  • Solicitud de trasteros y plazas de aparcamiento en pro indiviso.
  • Recursos, y registro de entrada.

Información adicional

Normativa aplicable

  • Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • Ley 40/2015, de Régim Jurídico del Sector Público.
  • Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
  • Ley general tributaria.
  • Ordenanzas fiscal reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.

Organigrama i datos de contacto

Dirección: Avenida de la Cúria 1, 07150, Andratx, Islas Baleares.

  • Correo electrónico: catastro@andratx.es

Enllaços

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