Tarjetas de armas

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Trámite para la obtención de la tarjeta de las armas de 4ª categoría según lo dispuesto en el Reglamento de Armas (Real Decreto 137/1993, de 29 de enero):

¿Qué armas pueden ser documentadas con tarjeta?

  • Tarjeta Tipo A: Este permiso es válido para las armas comprendidas a la 4ª categoría 4-1: Carabinas y pistolas, de tiro semiautomático y de repetición; revólveres de doble acción, accionadas por aire u otro gas comprimido no asimiladas a escopetas, y armas de uso lúdico-deportivo el sistema de salvo el cual es automático. (Reglamento de Armas 137/1993, de 29 de enero, artículo 3 y Orden de Interior 2860/2012, de 27 de diciembre).

    • Validez: 5 años. Limitada al término municipal de Andratx.

    • Máximo de armas que se pueden grabar: 6

  • Tarjeta Tipo B: Este permiso es válido para las armas comprendidas a la 4ª categoría 4-2: Carabinas y pistolas, de alma lisa o tachadura, y de un solo tiro, revólveres de acción simple, accionadas por aire u otro gas comprimido no asimiladas a escopetas, y armas de uso lúdico-deportivo accionadas por muelle o resuerte. (Reglamento de Armas 137/1993, de 29 de enero, artículo 3 y Orden de Interior 2860/2012, de 27 de diciembre).

    • Validez: permanente-Limitada al término municipal de Andratx.

    • Podrá documentar un número ilimitado de armas de la categoría 4ª 2

    • Cuando el número de armas en propiedad exceda las seis armas de la categoría 4ª 2. el interesado puede ser titular de más de una tarjeta tipo B.

IMPORTANTE: Las tarjetas se otorgarán exclusivamente a los residentes en el municipio de Andratx, limitándose al respectivo término municipal. 

 

¿CÓMO PUEDO HACER EL TRÁMITE?

Para poder tramitar la Tarjeta de armas por armas de 4ª categoría, la persona interesada tendrá que presentar la SOLICITUD TARJETA De ARMAS rellenada más la documentación que se solicita a:

  • Si ya tiene certificado electrónico o *DNIe, por medio del Registro Electrónico del Ayuntamiento de Andratx en SEDE ELECTRÓNICA.
  • Con atención presencial, servicio de CITA PREVIA. Este es un trámite de uso exclusivo para personas físicas, no obligadas a tramitar electrónicamente, de acuerdo con el que dispone el artículo 14.2 Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Si necesita contactar con el Ayuntamiento de Andratx puede hacerlo mediante:

  • Teléfono: 971628000 / correo electrónico: sac@andratx.es
  • Horario de atención: de lunes a viernes de 08:30 a 13:30 horas.