CONVOCATORIA DE BECAS DE FORMACIÓN PRÁCTICA PARA ESTUDIANTES UNIVERSITARIOS 2020/21
El objeto de esta convocatoria es regular las ayudas que concederá el Ayuntamiento de Andratx a estudiantes universitarios para favorecer su formación y práctica profesional.
• El objetivo prioritario de estas ayudas es completar la formación académica, adquirir experiencia y apoyar profesional al alumno. Por lo tanto, no hay vinculación laboral entre el Ayuntamiento y el alumno.
• Las prácticas extracurriculares de alumnas de Grado, Másteres Universitarios y títulos propios de la UIB quedan reguladas por la siguiente normativa:
Real Decreto 592/2014, del 11 de julio de 2014 publicado al Boletín Oficial del Estado número 184 de 30 de julio de 2014.
Acuerdo normativo del día 19 de septiembre de 2014 de la UIB publicado al FOU número 405 de 17 de octubre de 2014.
• Las prácticas extracurriculares en empresas/entidades suponen la acogida en el Ayuntamiento de Andratx de uno/a estudiante universitario/aria, durante un máximo de 650 horas por curso académico, para completar en cuanto a la práctica la formación académica del estudiante.
• El objetivo de las prácticas es la formación del estudiante universitario/aria, por lo tanto, no hay vinculación laboral entre la empresa/entidad y el estudiante.
Las solicitudes se podrán presentar de acuerdo con el que establece el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas de las siguientes formas:
TELEMÁTICAMENTE : a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Andratx (https://andratx.sedelectronica.es/) por su trámite específico establecido. Para poder llevar a cabo un registro telemático hay que disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico o Cl@ve pin. (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físicas)
PRESENCIALMENTE (solo para personas físicas): Al SACO del Ayuntamiento de Andratx obligatoriamente con cita previa que puede solicitar a www.andratx.es (de 08:30 a 13:30 de lunes a viernes) o a cualquier de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local. Además, también podéis enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, tenéis que presentar los documentos dentro de un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.
Sujetas obligados segundos artículo 14.2 y 14.3 son: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, quienes realizan una actividad por la que se requiera colegiarse obligatoriamente para los trámites que realizan con las Administraciones públicas en el ejercicio de su actividad profesional incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles, quienes representan a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración y el personal funcionario de las Administraciones Públicas por los trámites y actuaciones que realicen en su condición de funcionarios-se.
El plazo será de 20 días hábiles del día siguiente de su publicación en el BOIB.
Para más información:https://www.caib.es/eboibfront/es/2021/11405/651079/convocatoria-becas-de-formacion-practica-para-estu