Abierta la convocatoria de subvenciones para la mejora de los establecimientos comerciales de Andratx

21-Junio-2026

Ayuntamiento de Andratx ha abierto la convocatoria de subvenciones para la mejora de los establecimientos comerciales físicos del municipio, con el objetivo de apoyar actuaciones de accesibilidad, embellecimiento, conservación, restauración, consolidación y rehabilitación.

La convocatoria cuenta con una dotación de 35.000 euros y las ayudas podrán cubrir hasta el 80 % del gasto subvencionable, con un importe máximo de 3.000 euros por beneficiario.

El plazo de presentación de solicitudes permanecerá abierto hasta el 20 de julio de 2026, incluido.


Preguntas frecuentes


¿Quién puede solicitar estas ayudas?
Las personas físicas o jurídicas titulares de una actividad con título habilitante vigente ejercida en un establecimiento comercial físico situado en el término municipal de Andratx, siempre que cumplan los requisitos establecidos en la convocatoria.

¿Cuál es la dotación de la convocatoria?
La convocatoria cuenta con una dotación de 35.000 euros.

¿Cuál es el importe máximo de la ayuda?
Hasta el 80 % del gasto subvencionable, con un máximo de 3.000 euros por beneficiario.

¿Qué actuaciones pueden subvencionarse?
Obras de accesibilidad, embellecimiento, conservación, restauración, consolidación y rehabilitación, así como actuaciones destinadas a mejorar la sostenibilidad, la seguridad, la eficiencia energética, el mobiliario exterior, las fachadas y la eliminación de barreras arquitectónicas, de acuerdo con las bases de la convocatoria.

¿Qué periodo de gastos es subvencionable?
Las actuaciones realizadas entre el 1 de enero de 2025 y el 30 de septiembre de 2026.

¿Hasta cuándo pueden presentarse las solicitudes?
Hasta el 20 de julio de 2026, incluido.

¿Cómo pueden presentarse?
Telemáticamente, a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Andratx o del Registro Electrónico Común. Las personas físicas también podrán presentarlas de forma presencial en el Servicio de Atención Ciudadana SAC o por cualquiera de los medios previstos legalmente.

¿Cuándo debe justificarse la subvención?
La justificación deberá presentarse, como máximo, el 30 de septiembre de 2026.

¿Dónde pueden consultarse las bases?
En www.andratx.es y en el BOIB.