CONSELL DE MALLORCA - Aprobación convocatoria de subvenciones dirigida a entidades sin ánimo de lucro, consistente en una ayuda económica para el desarrollo de la actividad deportiva en Mallorca. Año 2024
De conformidad con el previsto en los artículos 20.8 y 23.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria de subvenciones dirigida a entidades sin ánimo de lucro, consistente en una ayuda económica para el desarrollo de la actividad deportiva en Mallorca, aprobada mediante Acuerdo del Consejo Ejecutivo de día 7 de febrero de 2024.
El texto completo de la convocatoria se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y en la sede electrónica del Consejo de Mallorca (https://seu.conselldemallorca.net).
Pueden ser beneficiarios de estas subvenciones los clubs deportivos, las fundaciones, las asociaciones de padres y madres y cualquier otra entidad sin ánimo de lucro que cumpla los requisitos siguientes:
a) Tener capacidad jurídica, de actuar y estar legalmente constituidos.
b) Cumplir los requisitos previstos en el artículo 8 de la Ordenanza General de Subvenciones del Consejo de Mallorca.
c) Estar al corriente de las obligaciones tributarias con el AEAT, la Seguridad Social y con el Consejo de Mallorca y sus organismos
autónomos dependientes.
d) No ser deudoras por resolución de procedencia de reintegro a que hace referencia el artículo 48.4 OGS.
e) No haber sido sancionadas o condenadas para ejercer o tolerar prácticas laborales consideradas discriminatorias a razón de sexo o
de género mediante resolución administrativa o sentencia judicial firme
f) No tener patrocinio de casas de apuestas o entidades vinculadas a la venta especializada de bebidas alcohólicas de graduación
superior a veinte grados, tabaco o similares.
g) Cumplir el resto de requisitos previstos en esta convocatoria y la normativa de subvenciones aplicable.
El plazo para presentar la solicitud, toda la documentación y los anexos que lo acompañan es de 20 días hábiles desde el día siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares o hasta que se agote el crédito de la convocatoria. Si el último día es inhábil, se entiende prorrogado hasta el primer día hábil siguiente.
El lugar para presentar la solicitud es la sede electrónica del Consejo de Mallorca (https://seu.conselldemallorca.net).
La solicitud, así como los requerimientos y la aportación de documentación se tiene que hacer por medios Electrónicos. Sólo serán válidas las aportaciones de documentación que se hagan a través de la sede electrónica, por lo tanto, es necesario el certificado digital de representante de persona jurídica.