Convocatoria de subvenciones dirigida a las entidades culturales, educativas y juveniles del municipio de Andratx para el ejercicio 2022

12-Abril-2022

El Ayuntamiento de Andratx a través de las áreas de Cultura, educación y Juventud convoca las subvenciones para asociaciones 2022.

Las subvenciones dirigidas a las entidades culturales, educativas y de juventud tienen como objetivo apoyar las iniciativas culturales, educativas y juveniles de las asociaciones inscritas en el registro municipal de entidades del Ayuntamiento de Andratx, fomentar y dinamizar los diferentes núcleos de nuestro municipio, potenciar la relación con los diversos públicos culturales e impulsar proyectos sociales que utilicen el arte y la cultura como herramienta de transformación social, así como empoderar a los jóvenes como futuro transformador de nuestro municipio, promover la educación en el ocio y dinamizar la gente joven de nuestro municipio, y fomentar las APIMAS de nuestro municipio.

La presente convocatoria de subvenciones dirigida a las entidades culturales, educativas y juveniles del municipio de Andratx para el ejercicio 2022 tiene por objeto:

1.- Fomentar las actividades culturales, educativas, juveniles, lúdicas y sociales, de las asociaciones inscritas en el registro municipal.

2.- Fomentar la participación ciudadana en el municipio de Andratx.

3.- Fomentar el tejido asociativo en el municipio de Andratx.

4.- Fomentar la igualdad de género a las actividades de Andratx.

5.- Fomentar proyectos sociales que utilicen el arte y la cultura como herramienta de transformación social.

 

Pueden solicitar las subvenciones objeto de esta convocatoria las asociaciones o entidades culturales, educativas o juveniles del municipio de Andratx legalmente constituidas, sin ánimo de lucro, e inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones del Ayuntamiento, y que tengan su domicilio social situado en el municipio de Andratx y que proyecten realizar actividades, proyectos o programas objeto de la presente convocatoria de subvenciones.

Las solicitudes se deben presentar de acuerdo con lo que establece el articulo 16.4 de la Ley 39/2015 del 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. TELEMATICAMENTE: a través de la sede electrónica del ayuntamiento de Andratx https://andratx.sedelectronica.es/) según su trámite especifico establecido. Para poder llevar a cabo un registro telemático hay que disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico i Cl@ave pin. (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la ley 39/2015 del 1 de octubre , del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares).

Las solicitudes se tendrán que presentar de acuerdo con el modelo establecido para esta convocatoria, junto con los siguientes documentos:

a) Instancia, firmada por el peticionario o representante legal de la entidad, en la cual se hará constar el proyecto, programa o actividad para la cual se solicita la subvención. (Anexo I).

b) Programa detallado del proyecto, actividad o servicio, con expresión de la finalidad que se persigue, el número de personas a quienes se dirige y los medios humanos y materiales, y subvención solicitada. (Anexo II).

c) Presupuesto total de ingresos y gastos, y desglosado por partidas de la actividad a realizar e indicación del importe de la subvención solicitada. (Anexo II).

d) CIF de la entidad solicitante, y de la persona que firma la misma como representante de la entidad representada.

e) Acreditación del representante de la entidad o asociación (Anexo III).

f) Declaración jurada de las subvenciones o ayudas que se vayan a obtener para la misma finalidad, procedentes de cualquier administración o entidad pública o privada, o bien de la no obtención de ninguna ayuda con la misma finalidad. (Anexo IV).

g) Acreditar que se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.

h) Declaración responsable de no incurrir en ninguno de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria de una subvención. (Anexo V).

i) SEPA, Certificado de la entidad bancaria en el que se hará constar el número de cuenta y su titular. (Anexo VI).

El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles contados a partir del día siguiente de haber publicado el extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB Núm 048 - 9 / abril / 2022). Si el último día es inhábil, se entiende prorrogado hasta el primer día hábil siguiente.

 

Para consultas podéis contactar con el área de cultura:

Teléfono: 971 62 80 18